Becas para Estudios
de los Hijos de los Funcionarios:
Se otorgan 2.400 becas para estudios a nivel nacional,
para los hijos de los funcionarios hasta 25 años de edad, en los diferentes niveles del sistema educativo
formal y con un promedio de 14 puntos o su equivalente, (En caso de que los
cónyuges o concubinos presten servicios en la misma Institución, se otorgará la
beca por cada hijo en común), por la cantidad de Veinticinco Mil Bolívares (Bs.
25.000,00).
Los hijos de los funcionarios que cursen estudios en
Educación Especial, la cantidad de Veinticinco Mil Bolívares (Bs. 25.000,00)
mensuales sin límite de edad.
El funcionario deberá presentar por ante la Dirección General
de Recursos Humanos y administración de Personal: Partida de nacimiento,
Constancia de Estudios de aprobación del nivel anterior, documento autenticado
que demuestre la dependencia económica y Carta de Soltería (si no es niño, niña
o adolescente).
Planes Vacacionales
para los Hijos de los Trabajadores:
Anualmente se establecerá el plan vacacional para los
hijos de los trabajadores del IVSS a nivel nacional. Las fechas y los lugares
de visitas de dichos planes, serán organizadas por las delegaciones sindicales
regionales.
Juguetes en Navidad:
Suministro de juguetes de buena calidad a cada hijo de
los trabajadores hasta doce (12) años, en la primera quincena del mes de
diciembre; el incumplimiento de ésta, deberá cancelarse con un pago en efectivo o equivalente por medio del
denominado ticket juguete.
Becas para Estudios
de los Funcionarios:
Se concederá hasta Quinientas (500) Becas de
especialización sin distinción de cargos.
Se otorgarán de conformidad al Reglamento que se establezca para la
materia, previa recepción de postulaciones, estudio de necesidades y evaluación
del desempeño de los beneficiarios por parte de la Comisión Técnica.
Permiso para
Estudios:
A los funcionarios que cursen estudios, previa
justificación ante las autoridades respectivas, se les concederá permiso de acuerdo al horario establecido hasta diez
(10) horas semanales.
Igualmente se mantienen vigentes las disposiciones que
para tales efectos contengan las diferentes Convenciones Colectivas de Trabajo,
así como lo establecido en la Ley
del Estatuto de la Función Pública.
Aporte para Lentes:
Se cancelará en efectivo para la adquisición de lentes
correctivos, que según prescripción facultativa requerido por el funcionario,
para si o para sus familiares calificados, la cantidad de Ochenta Mil Bolívares
(Bs. 80.000,00).
Aporte para Prótesis:
El Instituto garantizará y suministrará hasta un monto de
Diez Millones de Bolívares (Bs. 10.000.000,00),
para la adquisición de prótesis, que según previo informe médico, sea requerida
por el funcionario, para si o para sus familiares calificados.
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