lunes, 4 de junio de 2012

Información de Becas para Estudios de los Hijos de los Funcionarios

Becas para Estudios de los Hijos de los Funcionarios:
Se otorgan 2.400 becas para estudios a nivel nacional, para los hijos de los funcionarios hasta 25 años de edad, en los  diferentes niveles del sistema educativo formal y con un promedio de 14 puntos o su equivalente, (En caso de que los cónyuges o concubinos presten servicios en la misma Institución, se otorgará la beca por cada hijo en común), por la cantidad de Veinticinco Mil Bolívares (Bs. 25.000,00).
Los hijos de los funcionarios que cursen estudios en Educación Especial, la cantidad de Veinticinco Mil Bolívares (Bs. 25.000,00) mensuales sin límite de edad.
El funcionario deberá presentar por ante la Dirección General de Recursos Humanos y administración de Personal: Partida de nacimiento, Constancia de Estudios de aprobación del nivel anterior, documento autenticado que demuestre la dependencia económica y Carta de Soltería (si no es niño, niña o adolescente).
Planes Vacacionales para los Hijos de los Trabajadores:
Anualmente se establecerá el plan vacacional para los hijos de los trabajadores del IVSS a nivel nacional. Las fechas y los lugares de visitas de dichos planes, serán organizadas por las delegaciones sindicales regionales.
Juguetes en Navidad:
Suministro de juguetes de buena calidad a cada hijo de los trabajadores hasta doce (12) años, en la primera quincena del mes de diciembre; el incumplimiento de ésta, deberá cancelarse con un pago  en efectivo o equivalente por medio del denominado ticket juguete.
Becas para Estudios de los Funcionarios:
Se concederá hasta Quinientas (500) Becas de especialización sin distinción de cargos.
Se otorgarán de conformidad  al Reglamento que se establezca para la materia, previa recepción de postulaciones, estudio de necesidades y evaluación del desempeño de los beneficiarios por parte de la Comisión Técnica.
Permiso para Estudios:
A los funcionarios que cursen estudios, previa justificación ante las autoridades respectivas, se les concederá permiso  de acuerdo al horario establecido hasta diez (10) horas semanales.
Igualmente se mantienen vigentes las disposiciones que para tales efectos contengan las diferentes Convenciones Colectivas de Trabajo, así como lo establecido en la Ley del Estatuto de la Función Pública.
Aporte para Lentes:
Se cancelará en efectivo para la adquisición de lentes correctivos, que según prescripción facultativa requerido por el funcionario, para si o para sus familiares calificados, la cantidad de Ochenta Mil Bolívares (Bs. 80.000,00).
Aporte para Prótesis:
El Instituto garantizará y suministrará hasta un monto de Diez Millones de Bolívares                        (Bs. 10.000.000,00), para la adquisición de prótesis, que según previo informe médico, sea requerida por el funcionario, para si o para sus familiares calificados.

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