lunes, 4 de junio de 2012

Permisos Sin Remuneración

Permisos Sin Remuneración:
Se concede según las disposiciones establecidas en el Reglamento General de Carrera Administrativa y las de los Convenios Colectivos de Trabajo, previo cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos por la Dirección General de Recursos Humanos y Administración de Personal.

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